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Por Jaime Rozas , 24 de septiembre de 2021

Sernapesca modificó definición de tenacibaculosis en Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades

Foto: Diario Acuícola. (Referencial)
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Medida busca singularizar e identificar claramente a la enfermedad con el fin de contar con una vigilancia sanitaria más específica y adecuada, debido a que se ha convertido en una de las principales responsables de mortalidad por causa infecciosa en la industria salmonera.

El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura modificó recientemente la definición de la enfermedad infecciosa tenacibaculosis, en términos de singularizarla e identificarla claramente, con el fin de contar con una vigilancia sanitaria más específica y adecuada.

El cambio se realizó mediante la Resolución 1606 —publicada en el Diario Oficial el pasado 13 de septiembre—, la cual modifica el Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades y su Sistema de Clasificación Estandarizado Conforme a Categorías Preestablecidas.

La definición original de tenacibaculosis, introducida en 2020, decía: “Enfermedad infecciosa asociada con bacterias género Tenacibaculum spp.”.

Ahora, con la reciente modificación, la definición queda de la siguiente manera: “Enfermedad infecciosa provocada por T. dicentrarchi, T. maritimun u otro Tenacibaculum spp, positivo a PCR, y con signos externos en piel como erosión de aleta, en zona bucal y rostral asociada a una pigmentación amarilla o, en branquia como úlcera, placas o erosión de tinte amarillo, sin hallazgos de lesiones evidentes de Piscirickettsiosis o Renibacteriosis.”.

El cambio responde a que la enfermedad —que afecta principalmente a los peces de centros marinos o estuarinos— ha evidenciado un aumento sostenido en la industria: según detalló Sernapesca, en el año 2018 representó el 4,3 % del total de mortalidad de las causas infecciosas; el año 2019 el 14 %; el año 2020 representó el 25,3 % y en lo transcurrido del año 2021 equivale al 31,3 % del total.

Por lo mismo, Sernapesca la calificó ahora como “una enfermedad re-emergente" en la salmonicultura nacional.

Asimismo, por pertenecer a la lista 3 de enfermedades de alto riesgo de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, la tenacibaculosis no cuenta con un programa de vigilancia específico establecido por Sernapesca, por lo que su vigilancia se realiza en forma pasiva mediante reportes de laboratorio y mortalidades.

“Tratándose de una enfermedad de lista 3 que requiere de una adecuada y específica vigilancia sanitaria, lo que aunado al hecho de considerarse una enfermedad re-emergente que, bajo ciertas condiciones específicas, puede mermar el bienestar animal y la sustentabilidad de la salmonicultura, es prioritario para el Servicio establecer y mejorar la definición de la enfermedad”, explicó Sernapesca en la resolución, “con la finalidad de evitar equívocos, en especial porque los requerimientos del Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de SRS posiblemente son distractores para reportar correctamente la mortalidad por tenacibaculosis”.

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