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Por Jaime Rozas , 26 de agosto de 2021

De manera unánime: Senado aprueba proyecto que exige a empresas salmoneras limpiar fondos marinos

Proyecto exige a empresas mantener limpias de sedimentos las concesiones acuícolas. Foto: Diario Acuícola. (Referencial)
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Normativa impone a titulares de concesiones el deber de adoptar las medidas para evitar el depósito de desechos orgánicos e inorgánicos en el lugar de operación. Iniciativa ahora debe continuar su tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

Por unanimidad, este miércoles el Senado respaldó en particular el proyecto —en segundo trámite constitucional— que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, con el fin de exigir la remoción de sedimentos a los titulares de concesiones de acuicultura para el cultivo de especies exóticas (boletín 12050-21).

La iniciativa ahora pasa a la Cámara de Diputadas y Diputados, instancia que deberá pronunciarse sobre las enmiendas introducidas por el Senado.

El senador Rabindranath Quinteros, presidente de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, destacó la tramitación en la instancia parlamentaria. El texto “busca dar eficacia a lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que impone al concesionario la obligación de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico de la zona concedida”, explicó, “mediante la aplicación del enfoque precautorio, de un enfoque ecosistémico en la regulación pesquera y la salvaguarda de los ecosistemas marinos en que existan esos recursos”.

El legislador indicó que el proyecto define "los trabajos destinados a evitar y reducir estos desechos", además "se establecen nuevos instrumentos, tales como, el plan de recuperación y se consideran las respectivas sanciones, incluyendo la suspensión de operaciones y la caducidad de la operación".

Contenido del proyecto

Entre otras medidas, esta normativa impone a las empresas el deber de adoptar las medidas para evitar el depósito de desechos inorgánicos en el fondo de la concesión.

Asimismo, dispone que, de producirse estos depósitos de desecho, deberá procederse a la limpieza de los mismos dentro del plazo que establezca un reglamento, debiendo éstos ser transportados y depositados en lugares autorizados; todo ello sin perjuicio de la aplicación de las sanciones procedentes.

La misma obligación se impone a las empresas respecto del depósito de desechos orgánicos —como heces de los peces confinados y el alimento sin consumir— en el fondo de la concesión, extendiéndola no solo al deber de evitar esta acumulación, sino también a las medidas tendientes a reducir la misma, según corresponda.

Para los efectos de hacer efectiva la limpieza de los fondos, los titulares de concesiones de acuicultura tienen el deber de presentar ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura planes de recuperación del fondo marino en el área de la concesión y planes de investigación. Ambos planes deberán estar acreditados por un certificador autorizado y cumplir con los demás requisitos que se establezcan en un reglamento.

El proyecto también sanciona las infracciones a las normas sobre adopción de medidas para evitar la acumulación y las de retiro de desechos con la suspensión de operaciones del centro de cultivo en que se hubiere cometido la infracción por el plazo de dos años, la que se duplicará en los casos en que la contravención consistiere en que el infractor no hubiese retirado los desechos inorgánicos.

También establece que será causal de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura el haber sido sancionado la empresa por segunda vez por haber incurrido en las infracciones a las normas sobre mantención de los fondos sobre los que opera la concesión.

Además, dispone que los desechos inorgánicos existentes en el fondo del área de la concesión, a la fecha de publicación de este proyecto como ley, deberán ser retirados por el titular en el plazo máximo de dos años, contado desde la fecha señalada.

Entre las enmiendas introducidas por el Senado, se optó por eliminar que "los trabajos de limpieza se debiesen hacer de manera inmediata, porque en ocasiones. Ello no es posible y puede llegar a poner en riesgo la vida de aquellos encargados de recuperarlos". Por tal motivo, el plazo lo fijará el reglamento.

Sobre los planos de recuperación e investigación que deben presentar las empresas, éstos deben ser acreditados por una entidad autorizada. En el plan de investigación se podrá utilizar las tecnologías para recuperar los fondos anaeróbicos y se acordó que las disposiciones deberán dictarse en un plazo de 18 meses desde la publicación en el Diario Oficial.

Responsabilidad ambiental

Durante el debate, el senador David Sandoval señaló que “este proyecto se hace cargo, establece la obligatoriedad de medidas y mecanismo de recuperación y sanciones a quienes no cumplan con estas normas […] No podemos seguir con prácticas que no involucren responsabilidad en materia ambiental y laboral”.

Mientras que el senador Alfonso de Urresti afirmó: “Seguimos teniendo una industria extremadamente voraz y cortoplacista, en que la variable medio ambiental no está en la primera prioridad. Quiero que quede en la historia de la ley la prevención”.

Por último, el senador Alejandro Guillier recalcó que “en Chile existen más de 1600 concesiones y la mitad de ellas se encuentran activas […] y se produce la erosión del fondo marino, generando situaciones de pérdida de oxígeno del agua […] Urgente cubrir el vacío regulatorio en una industria que tiene alto riesgo sanitario y ambiental”.

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